El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Soria admitió ayer a trámite un nuevo recurso del Partido Animalista (Pacma) con solicitud de medida cautelar de suspensión contra el Toro Júbilo, cuya celebración está prevista, de momento, para este sábado 16 de noviembre en Medinaceli (Soria).
Ante la noticia de que el Ayuntamiento planeaba volver a celebrar el “controvertido” festejo, a pesar de que una reciente sentencia del mismo Juzgado haya considerado ya ilegal su celebración, los animalistas presentaron la pasada semana un nuevo recurso, que acaba de ser admitido a trámite.
La formación política presentó un contencioso frente a la celebración de este espectáculo en noviembre de 2023, consiguiendo una sentencia que calificaron de «histórica» para el movimiento animalista. Y es que, el pasado mes de septiembre, se comunicaba la resolución del magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Soria en la que les daba la razón, considerando que el espectáculo Toro Jubilo “produce por sí mismo y en las circunstancias en que está diseñado y se celebra un claro sufrimiento, hostigamiento y maltrato físico y emocional a un animal, contrario a los principios de bienestar y naturaleza de ser sintiente que prevé la normativa básica del Estado y los propios principios de la Unión Europea”, según indicó el partido animalista.
La normativa básica del Estado a la que se hace referencia es el Código Civil que, desde enero de 2022, reconoce a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad. El Preámbulo de la Ley que modificó el régimen jurídico de los animales explicaba que, aunque en nuestra sociedad los animales son, en general, apropiables y objeto de comercio “la relación de la persona y el animal (sea este de compañía, doméstico, silvestre o salvaje) ha de ser modulada por la cualidad de ser dotado de sensibilidad, de modo que los derechos y facultades sobre los animales han de ser ejercitados atendiendo al bienestar y la protección del animal, evitando el maltrato, el abandono y la provocación de una muerte cruel o innecesaria”.
Al respecto, Pacma indicó que esto “es, a todas luces, incompatible con la celebración de espectáculos crueles como el Toro Jubilo”.
Así, la referida sentencia daba la razón al Partido Animalista, declarando la Ordenanza reguladora del Toro Júbilo no conforme a Derecho, por vulnerar el principio de jerarquía normativa establecido en la Constitución Española y que viene a significar que una norma de rango inferior no puede contravenir una de rango superior.
Pero no fue el único motivo en el que el Magistrado coincidió con el partido político. En su estudio previo, Pacma constató que en 2015 el Ayuntamiento de Medinaceli había realizado una modificación de la Ordenanza sin seguir la tramitación exigida por el Reglamento taurino autonómico, lo que implica, igualmente, la no conformidad a derecho de esta y, a su vez y como consecuencia, que el espectáculo perdiera su declaración de “espectáculo taurino tradicional”.
La sentencia ha sido recurrida tanto por el Ayuntamiento de Medinaceli como por la Junta de Castilla y León, ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad. Ambas administraciones han considerado que, mientras no sea firme, el espectáculo puede seguir celebrándose, por lo que han decidido volver a celebrar y autorizar, respectivamente, el festejo..
Por ello, Pacma presentó un nuevo recurso, solicitando su suspensión cautelar. Algo que no le fue concedido por el Juzgado en noviembre de 2023, pero que confía sea concedido en esta ocasión, ya que cuenta con una sentencia del mismo juzgado que debe decidir, que ya les ha dado la razón, considerando que el espectáculo no puede celebrarse, por carecer de base legal y reglamentaria.
Además de la presentación del recurso y de la solicitud de la medida cautelar de suspensión, el Partido Animalista convocó una concentración en Medinaceli, el mismo sábado a las 18 horas, bajo el lema: ‘Apaguemos el fuego de la tortura’, contra el último toro embolado de Castilla y León.