El Consejo de Ministros fija la capacidad ordinaria de Castilla y León para la acogida de niños y niñas migrantes no acompañados en 783 menores

La ministra anuncia que, a partir de este momento, “está todo dispuesto para que comiencen los traslados de acuerdo con el protocolo establecido”

 

El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto por el que se aprueba la capacidad ordinaria del sistema de protección y tutela de personas menores de edad extranjeras no acompañadas en las comunidades y ciudades autónomas. En ese reparto, asignan a Castilla y León 783 plazas, ya que la fórmula acordada hoy fija una ratio de 32,6 plazas para niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados por cada 100.000 habitantes para el conjunto del país.

Conforme a ese criterio, Andalucía es la autonomía con mayor capacidad (2.827), seguida por Cataluña (2.650), comunidad de Madrid (2.325) y Comunidad Valenciana (1.767). Por debajo del millar se encuentran Galicia (886), Castilla y León (783), Canarias (737), País Vasco (731), Castilla-La Mancha (692), Murcia (517), Aragón (441), Baleares (406), Extremadura (344), Asturias (331), Navarra (223), Cantabria (194), La Rioja (107) y las ciudades autónomas de Melilla (28) y Ceuta (27).

La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, definió la aprobación de este Real Decreto como “un punto de inflexión en el desarrollo del proceso de acogida vinculante, digna y solidaria de la infancia migrante no acompañada que llega a nuestro país”. En un comunicado recogido por Ical, la ministra subrayó que, a partir de este momento, “está todo dispuesto para que comiencen los traslados de acuerdo con el protocolo establecido”.

“Hoy damos un paso importante para garantizar los derechos de todos esos niños, niñas y adolescentes que llegan solos y solas a nuestro país. Tenemos la obligación de darles una acogida digna y solidaria y en ello trabajamos desde hace meses a pesar de los intentos de bloqueo de determinados territorios”, añadió.

Con este Real Decreto se da cumplimiento a la disposición adicional undécima introducida en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, introducida tras la aprobación del Real Decreto-ley 2/2025, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias.

Tras la aprobación, las comunidades y ciudades autónomas que multipliquen por tres su capacidad ordinaria serán declaradas en situación de contingencia migratoria extraordinaria, lo que activará el protocolo de traslados.

 

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