La Sala Civil-Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado un auto de la Audiencia de Valladolid por el que en aplicación de la ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley de ‘solo sí es sí’, ha rebajado de cuatro a tres años la pena de prisión a un condenado acusado de agresión sexual en grado de tentativa.
Los hechos ocurrieron en noviembre de 2017, cuando el acusado había estado con un grupo de personas en una fiesta entre las que se encontraba la víctima, a la que había conocido esa noche. Sobre las cinco de la madrugada, la mujer decidió irse a su domicilio. Cuando caminaba sola fue abordada por el acusado, que le manifestó que pretendía acompañarla a casa, a lo que ella accedió.
Ya en el portal, la víctima se despide del acusado, y cuando hace ademán de abrir la puerta, el procesado se lo impide, diciéndole: “Te quiero follar”, a lo que se negó la víctima. A pesar de las reiteradas negativas, el acusado insiste y tras forcejar consigue entrar con ella en el portal. Allí, arrojó a la víctima al suelo, le bajó los pantalones, y la ropa interior, por debajo de las rodillas, y se colocó encima de ella. La víctima comenzó a gritar, y el acusado, agarrándola del cuello fuertemente, y poniéndole la mano en la boca, le dijo: “O te callas o te mato”.
A pesar de la amenaza, siguió pataleando y gritó nuevamente, hasta que unos vecinos del inmueble salieron de su vivienda y advirtieron al agresor que llamarían a la Policía, momento en el que el acusado, salió huyendo.
El agresor también fue denunciado como autor de un delito de lesiones a la pena de dos meses multa y al pago de una indemnización a la víctima de 4.100 euros.