La Audiencia Provincial de Burgos confirmó la sentencia dictada el 31 de julio de 2025 por el Tribunal de Instancia de Briviesca que acordó el desahucio de las exmonjas del Monasterio de Belorado. El tribunal provincial desestima, por tanto, el recurso al entender que la exabadesa actuó fuera de los límites del poder que le confería su cargo.
“La decisión de separar al Monasterio de Santa Clara de la Iglesia Católica es algo que queda a todas luces fuera de sus atribuciones”, señala el tribunal, que añade que “como dice el artículo 18 de los estatutos del Monasterio ‘la abadesa es, según el derecho, superiora mayor y tiene autoridad sobre todas y cada una de las hermanas, que ejerce sola, con el Directorio o con el Capítulo conventual, a tenor de las Constituciones y de los estatutos propios’”, como recoge Ical.
La Audiencia entiende que “no puede la superiora ejercer esta autoridad para alejar a la institución del modelo que le corresponde según las Constituciones y los Estatutos”. “Y ello porque el canon 610 dice que ‘la erección de las casas se hace teniendo en cuenta la utilidad de la Iglesia y del instituto, y asegurando todo aquello que es necesario para que los miembros vivan debidamente la vida religiosa, según los fines propios y el espíritu del instituto’”, precisa.
