El Supremo avala el uso de banderas LGTBI y «deja sin excusas» al Ayuntamiento de Valladolid

Desde el grupo municipal Valladolid Toma la Palabra reclamaron al equipo de Gobierno que cumpla con lo establecido por el juez

El Tribunal Supremo confirmó la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Valladolid, ratificada después por el TSJCyL, y deja claro que las administraciones públicas pueden exhibir banderas no oficiales, como la LGTBI, sin que ello vulnere el principio de neutralidad institucional.

La resolución judicial desmonta así uno de los principales argumentos que han esgrimido gobiernos municipales, como el del Ayuntamiento de Valladolid, para negarse a colocar la bandera arcoíris en sus fachadas durante el mes del Orgullo.

Desde el grupo municipal Valladolid Toma la Palabra reclamaron al equipo de Gobierno que rectifique su postura y cumpla con lo establecido por el Supremo. Su portavoz, Rocío Anguita, señaló que “el Ayuntamiento de Valladolid y el alcalde Carnero ya no tienen ninguna excusa para no poner la bandera LGTBI cuando celebramos el Orgullo en el Ayuntamiento”.

Anguita recordó, al respecto, que la sentencia reafirma el derecho de las administraciones a apoyar públicamente la defensa de los derechos humanos: “El Tribunal Supremo confirma que todas las banderas se pueden poner y que no suponen quebrar la neutralidad de la administración, todo lo contrario, las administraciones tienen que posicionarse a favor de la democracia, de la diversidad y de los valores constitucionales.”

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