Condenada una pareja por presentar pruebas COVID falsas en 2021 para retrasar dos desahucios de una vivienda en Medina del Campo (Valladolid)

Las penas de un año de prisión por delitos de falsedad documental y estafa procesal se levantan a cambio de no cometer ninguna infracción durante tres y cuatro años

La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a una mujer y a un hombre con un año de prisión, una pena que ha sido suspendida a cambio de no cometer ningún delito durante tres y cuatro años, respectivamente, y pagar una multa, por falsedad documental y estafa procesal tras presentar en el juzgados dos pruebas PCR positivas de COVID en el año 2021 para impedir dos desahucios que estaban previstos de una vivienda en Medina del Campo (Valladolid). Además, el tribunal les obliga a pagar 3.600 euros al propietario de la casa.

La sentencia, consultada por la Agencia Ical, recoge la condena a un hombre y a una mujer por tratar de “demorar la recuperación de la posesión de la vivienda en la que residían”, con la confección de varios informes de COVID-19, en los que constaban que la PCR había dado positivo. Pruebas que fueron aportadas para que el desahucio programado no tuviera lugar. En concreto, la mujer y el hombre presentaron el 4 y el 18 de febrero de 2021 dos informes en los que se hacía constar que eran positivo a coronavirus, lo que provocaron la suspensión de los lanzamientos señalados por el Juzgado de Instancia para los días 10 de febrero y 3 de marzo de 2021 no se produjeran.

Tras comprobar la autenticidad de los documentos, se concluyó que la única prueba de COVID a la que se había sometido la pareja fue en agosto de 2021, en la que ambos dieron negativo.

Por lo tanto, la Audiencia Provincial ha condenado por cada uno de los de los delitos (falsedad documental y estafa procesal) de un año de prisión y seis meses de multa, además de la obligación de indemnizar con 3.600 euros al propietario de la vivienda. La sentencia, que es firme después de que las partes hayan manifestado su deseo de no interponer recurso, suspende las penas privativas de libertad a cambio de no cometer ningún delito durante tres años, en el caso de la mujer, y de cuatro, para el hombre.

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