La Audiencia Provincial de Valladolid confirmó la sentencia del Juzgado de Primera Instancia vallisoletano que condena a una comunidad de propietarios a pagar 12.155,20 euros a un cartero por las lesiones que sufrió en una pierna al tropezar con un escalón del portal al salir del edificio.
Según refleja la sentencia, consultada por los Ical, la caída se produjo cuando el demandante acudió, en su calidad de empleado de Correos, al edificio de la comunidad de propietarios demandada para entregar a uno de sus vecinos un envío. Tras ello, al salir del portal, tropezó con una especie de escalón o reborde de la puerta, lo que le produjo una importante herida en una de sus piernas.
La suma se determinó en su momento por los dos días de perjuicio personal grave que supuso la caída y los 107 días de perjuicio personal moderado, a los que se suman cinco puntos por las secuelas consistentes en un perjuicio estético ligero. La comunidad de propietarios presentó un recurso de apelación, que sin embargo ha sido desestimado por la Audiencia Nacional al considerar acreditada que la caída sufrida por el cartero se debe a una negligencia de la comunidad de propietarios al no suprimir ni señalizar debidamente el escalón o reborde ubicado en la parte inferior de la puerta de entrada al edificio.
Frente a la resolución, no obstante, cabe recurso de casación por interés casacional y extraordinario por infracción procesal ante la Sala Primera del Tribunal Supremo.