SG.R.T., la mujer acusada de matar de varias puñaladas a su pareja, A.D.T., con quien convivía en la localidad leonesa de Villagarcía de la Vega a pesar de tener una orden de alejamiento de él, reconoció hoy los hechos que se le imputan y pidió perdón por ellos.
“Reconozco los hechos que se me imputan, muestro mi arrepentimiento y pido perdón”, repitió en varias ocasiones este lunes en la Audiencia Provincial de León, donde esta semana se celebra el juicio que trata de dilucidar si fue la causante de la muerte del hombre con el que convivía. “Me muestro conforme con la pena acordada entre el Ministerio Fiscal y mi abogado”, añadió.
SG.T.R., que se negó a responder a las preguntas de las partes, sí que confirmó que era pareja de A.D.T. y que convivían juntos a pesar de tener una orden de alejamiento, así como que el día de los hechos se produjo una discusión entre ambos.
Los hechos que se juzgan desde hoy y hasta el jueves en la Audiencia Provincial de León se produjeron en la madrugada del 22 de junio de 2022, en la localidad de Villagarcía de la Vega. Según el relato del Ministerio Fiscal, con el que la acusada se mostró hoy conforme, la mujer, que en aquel momento tenía 56 años, se dirigió a la víctima, de 77, y “consciente, voluntariamente y con ánimo de acabar con su vida” le atacó con las uñas y un arma blanca, “provocándole múltiples heridas incisas superficiales en la cabeza, cuello, en el torso, en las extremidades superiores, en el dorso y dos heridas punzantes, una en la región supraclavicular derecha y otra en la región dorsal, sufriendo una hipovolemia aguda ocasionada por la lesión de la vena yugular derecha y por la lesión de la aorta torácica” que le causó la muerte.
Estos hechos tuvieron lugar en el domicilio de A.D.T., donde convivía junto a SG.T.R. a pesar de pesar sobre ella una orden de alejamiento en vigor respecto al que era su pareja por un delito de lesiones, lo que le impedía acercarse a menos de 300 metros de él.
La Fiscalía solicitó este lunes para la acusada, de nacionalidad extranjera y que permanece en prisión desde entonces, una pena de 15 años de cárcel por un delito de homicidio, uno más por quebrantamiento de condena y que, una vez sea clasificada como reclusa de tercer grado o le esa concedida la libertad condicional, sea expulsada de territorio español y no pueda regresar en un periodo de diez años.